¿De qué país nos divorciamos? Un debate actual
Por Leandro Baltar
Investigador Universidad Siglo 21
¿Qué ley se aplica cuando una pareja se divorcia después de haber vivido en distintos países?
La pregunta parece sencilla, pero encierra un dilema cada vez más frecuente en un mundo atravesado por la movilidad. Hoy, muchas parejas se forman en un país, construyen su vida en otro y, tiempo después, deciden separarse en un tercero.
Frente a ese escenario, surge una cuestión clave: ¿qué derecho debe aplicarse cuando llega el momento del divorcio?
Las normas tradicionales fueron pensadas para matrimonios que desarrollaban toda su vida en un único territorio. Sin embargo, esa realidad ya no es la dominante. Las familias migran, trabajan, estudian y se reorganizan más allá de las fronteras, y el Derecho muchas veces no logra acompañar esa complejidad.
Un ejemplo cotidiano lo ilustra con claridad: una pareja argentina que vivió durante años en España regresa al país y decide divorciarse. ¿Corresponde aplicar la ley argentina o la española? ¿Existe la posibilidad de que las propias personas elijan qué normativa regirá su separación? ¿O quedan atrapadas entre sistemas jurídicos rígidos que no dialogan entre sí?
Estos interrogantes no son meramente técnicos. En contextos de diversidad cultural y coexistencia de distintos sistemas jurídicos, las decisiones legales pueden tener un impacto profundo, especialmente sobre las personas en situación de mayor vulnerabilidad. De allí surge la necesidad de pensar mecanismos más flexibles, capaces de ofrecer respuestas justas y sensibles a las desigualdades, incorporando de manera explícita la perspectiva de género.
Uno de los puntos centrales del debate es la llamada “autonomía de la voluntad” en el divorcio internacional: la posibilidad de que las parejas acuerden previamente qué ley se aplicará a la disolución de su vínculo. Este enfoque no solo brinda mayor previsibilidad y reduce conflictos, sino que también reconoce la diversidad de trayectorias familiares propias de las sociedades contemporáneas.
A medida que el Derecho Internacional Privado evoluciona, el desafío es claro: pasar de modelos cerrados y estrictamente territoriales a esquemas más abiertos, donde la voluntad de las personas tenga un rol relevante, sin resignar garantías ni seguridad jurídica.
Adaptar el Derecho a los cambios sociales reales se vuelve, así, una tarea impostergable.
Pensar estas cuestiones permite imaginar un futuro en el que las relaciones personales, y también su finalización, puedan gestionarse de manera más consciente, humana y acorde a las vidas transnacionales que hoy son cada vez más habituales.
En ese marco se inscribe el proyecto de investigación que se desarrolla en Universidad Siglo 21, titulado “El pluralismo metodológico como herramienta del Derecho Internacional Privado para salvaguardar a las personas vulnerables: propuestas de solución con perspectiva de género en las relaciones de familia”. El trabajo busca identificar qué herramientas ofrece hoy esta disciplina para resolver estos conflictos y qué transformaciones necesita para brindar respuestas más justas y eficaces.
Si el Derecho Internacional Privado quiere estar a la altura de las sociedades multiculturales actuales, debe ser flexible, reconocer la autonomía de la voluntad, ser sensible a las diferencias culturales y, sobre todo, integrar la perspectiva de género como principio indispensable. Solo así dejará de ser un método técnico de coordinación normativa para convertirse en una disciplina comprometida con la protección efectiva de las personas y las familias.